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El eterno retorno al patio trasero. Análisis de la política de defensa del macrismo.

Desde una redacción ambigua y modificando detalles que, a primera vista, no parecen ser significativos, el decreto 683/18 sancionado por el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) reconfiguró la normativa que establecía límites a las intervenciones del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea en el ámbito de la seguridad interior. Por vía de este decreto, se sentaron las bases normativas para que el PEN pueda definir, para cada situación determinada y bajo cualquier contexto, qué o quiénes pueden ser considerados una amenaza externa, qué activos revisten carácter de recurso estratégico y cuáles son las acciones “logísticas” necesarias para apoyar el accionar de las fuerzas de seguridad.

Como hemos mencionado en notas anteriores, a esta vaguedad en la construcción de definiciones el texto del decreto incurre en un claro uso y abuso del término terrorismo. Sobre esta cuestión, creemos importante rescatar una síntesis realizada por la ex ministra de defensa Nilda Garré:

El decreto, “habilita la intervención de las Fuerzas Armadas en la seguridad interna y para responder a ‘amenazas externas’, aun cuando estas no provengan de un Estado, como podría suceder con el delito organizado transnacional, tal como es el caso, por ejemplo, del terrorismo. De este modo se hace caso omiso de la resolución 3314 (1976) de la Organización de las Naciones Unidas, que sostiene que ‘agresión es el uso de la fuerza armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia política de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de la ONU’; promueve la posibilidad de que las Fuerzas Armadas se adiestren y equipen para misiones de seguridad interior, lo que está vedado por nuestro sistema legal; y habilita que las Fuerzas Armadas desempeñen tareas de protección de los objetivos de valor estratégico, misión que actualmente desempeñan las fuerzas policiales y de seguridad. En este último caso, se realiza una interpretación forzada del artículo 31 de la Ley de Defensa, que señala que es una misión de la Gendarmería y de la Prefectura la custodia de esos objetivos de valor estratégico para la Nación.”[1]

Sumado al Decreto N° 683/18, también fue aprobado el Decreto N° 703/18, que implementa la nueva Directiva Política de Defensa Nacional (DPDN). La DPDN tiene como principal función “establecer los criterios que orientarán la reforma de la organización, el funcionamiento, la planificación y la administración de los recursos humanos y materiales del Sistema de Defensa Nacional” [2]. Contraviniendo este objetivo, su documento fundacional prácticamente no contempla herramientas programáticas y, en cambio, propone análisis geopolíticos superficiales y con sesgos notables. Un claro ejemplo de ello es el apartado “Diagnóstico Regional”, en el que se sindica a la República Bolivariana de Venezuela como el principal responsable de “atentar en contra de la consolidación de la zona de paz sudamericana, dado que afecta negativamente la estabilidad de la región, especialmente la de los países vecinos”, consecuencia del “régimen autoritario de su gobierno que viola de manera sistemática las libertades fundamentales y los derechos políticos de sus ciudadanos” [3]. En un texto cargado de alusiones a las “nuevas amenazas”, la referencia a Venezuela es la única mención a un Estado Nación como potencial hipótesis de conflicto.

En el Capítulo III sobre prioridades y lineamientos para la reforma del Sistema de Defensa Nacional, la DPDN establece 6 tipos de operaciones prioritarias:

  1. Vigilancia y control de los espacios soberanos,
  2. Protección de Objetivos Estratégicos
  3. Apoyo a la Política Exterior
  4. Apoyo a la Seguridad Interior
  5. Apoyo a la Comunidad
  6. Apoyo a la generación de conocimiento científico.

Los puntos 3 y 4, en esencia, sientan las bases de para aumentar la injerencia del Comando Sur de Estados Unidos en el país. El punto 3 prioriza la realización de ejercicios militares conjuntos con la Fuerza de Paz Argentino-Chilena “Cruz del Sur” e incrementa la participación en materia de defensa en la Organización de Estados Americanos (OEA), organismo que históricamente ha funcionado como correa de transmisión de los intereses estadounidenses en América Latina. En el punto 4, el Decreto N° 703/18 introduce dos referencias poco claras sobre el fortalecimiento de las capacidades de vigilancia y control fronterizo y la contribución a través de tareas de apoyo logístico, a requerimiento de las operaciones desplegadas bajo la conducción del Sistema de Seguridad Interior. Por último, no queremos dejar de mencionar lo que establece el punto b) de dicho apartado en relación a la protección de eventos de interés estratégico, destacándose la reunión de Jefes de Estado del G-20 programada para noviembre del año en curso, para la cual Argentina ya adquirió en mayo 5 aviones de combate a la República de Francia[4].

En su última visita a la Argentina, el  Secretario de Defensa estadounidense, James Mattis, afirmó: “Vine aquí para escuchar y atender para forjar un futuro lleno de trabajo en equipo militar en todas las fuerzas. Cuando haya un problema estaremos juntos para ayudarnos”[5]. En ese sentido, es importante volver tanto sobre el “Diagnóstico Regional” realizado por la  DPDN, en el cual se establece que el único “problema” capaz de desestabilizar la región es Venezuela, como sobre las declaraciones del actual embajador argentino en los Estados Unidos, Fernando Oris de Roa, al momento de asumir funciones: “EE.UU tiene hacia nosotros un interés político, y nosotros tenemos hacia ellos un interés económico. A EE.UU. le interesa el tema de la seguridad, el apoyo internacional, la lucha contra el terrorismo y el narcotráfico (…) El desafío está en poder trabajar con ellos dándoles satisfacciones a los intereses que ellos tienen con respecto a nosotros, y al mismo tiempo, de una forma diplomática, que eso se traduzca en una actitud más bien positiva con respecto a nuestra agenda económica” [6]. Habrá que comprobar hasta qué punto está dispuesto a llegar Argentina bajo este esquema de “compensaciones cruzadas”. Más aún en una coyuntura en la que se multiplican los viajes para solicitar auxilio financiero a Donald Trump, personaje que no se caracteriza por dar sin esperar nada a cambio, sino todo lo contrario.

Notas

[1] Recuperado de: https://www.elcohetealaluna.com/bajo-la-tutela-de-washington/

[2] Recuperado de: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/310000-314999/312871/norma.htm

[3] DIRECTIVA DE POLITICA DE DEFENSA NACIONAL. ANEXO I. Pág. 10 de 39

[4] https://www.lanacion.com.ar/2133764-el-gobierno-autorizo-la-compra-de-cinco-aviones-de-combate-a-francia

[5] Recuperado de: https://www.infobae.com/politica/2018/08/15/el-secretario-de-defensa-de-eeuu-califico-a-argentina-como-un-socio-de-washington-y-pidio-estrechar-la-colaboracion-militar/

[6] https://www.clarin.com/politica/nuevo-embajador-washington-interes-ee-uu-argentina-politico-economico_0_HJ1Nes8NG.html

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